Actualizar el alquiler con el IPC
Renta actualizada, al mes
932,40 €
Renta de 900,00 € al mes actualizada con la variación anual del IPC de julio de 2026, 3,6 %, que es el último dato definitivo del INE. La subida sale a 32,40 € al mes y 388,80 € al año.
Cálculo con la normativa vigente en 2026. Cambia los datos abajo para ajustarlo a tu caso.
Lee esto antes de aplicar ningún porcentaje
La actualización de la renta de un alquiler la gobiernan el contrato y la legislación de arrendamientos y de vivienda, no esta calculadora. El índice aplicable no siempre es el IPC general: hay contratos atados a otros índices y hay normas que han fijado referencias distintas para determinados periodos y supuestos. CuántoHoy no puede saber cuál es tu caso.
Haz dos comprobaciones antes de usar el resultado. Primera: qué índice y qué mes nombra la cláusula de actualización de tu contrato. Segunda: qué dice la norma vigente en la fecha de la actualización, en el texto consolidado de la Ley de Arrendamientos Urbanos del Boletín Oficial del Estado. Esta página publica una cifra del INE y hace una multiplicación; no dice si esa subida procede ni cuál es su límite.
El IPC de agosto de 2026, 4,3 %, es un dato avanzado. El Instituto Nacional de Estadística lo revisará. Esta calculadora arranca con el último dato definitivo, el de julio de 2026, 3,6 %.
Calcula la subida con tu renta
El escenario de arriba ya está calculado en el HTML de esta página y se ve sin JavaScript: una renta de 900,00 € al mes con la variación anual del IPC de julio de 2026, 3,6 %, queda en 932,40 €. El formulario que sigue parte de esos mismos valores y recalcula el resultado al cambiar cualquier casilla si el navegador ejecuta JavaScript. Si no lo ejecuta, el ejemplo sigue siendo válido y completo.
La misma renta con cada IPC publicado
La tabla aplica a una renta de 900,00 € al mes cada una de las variaciones anuales del IPC que el Instituto Nacional de Estadística tiene publicadas en esta descarga. Sirve para ver cuánto cambia el recibo según qué mes nombre el contrato, y para ver de un vistazo cuál de esos meses es todavía un dato avanzado.
| IPC anual de | Variación | Renta actualizada | Subida al mes | Subida en el año | Estado del dato |
|---|---|---|---|---|---|
| agosto de 2026 | 4,3 % | 938,70 € | 38,70 € | 464,40 € | Dato avanzado |
| julio de 2026 | 3,6 % | 932,40 € | 32,40 € | 388,80 € | |
| junio de 2026 | 3,2 % | 928,80 € | 28,80 € | 345,60 € |
Cómo se calcula una actualización de renta por IPC
La cuenta es una multiplicación. La renta actualizada es la renta anterior multiplicada por uno más la variación anual dividida entre cien. Con una renta de 900,00 € y una variación del 3,6 %, la renta actualizada es 932,40 €, es decir 32,40 € más al mes. Multiplicada por doce, la subida suma 388,80 € en un año.
El redondeo importa más de lo que parece. CuántoHoy redondea la renta actualizada al céntimo y deriva la subida mensual de esa cifra ya redondeada, de modo que las tres cantidades cuadran entre sí en el recibo. Si tu arrendador usa otro criterio de redondeo, la diferencia será de céntimos, nunca de euros.
Lo que esta cuenta no resuelve es cuál de las tres piezas que necesita te corresponde: qué índice, qué mes y si la actualización procede. Esas tres respuestas están en tu contrato y en la norma aplicable, no en el dato del INE. Si tu cláusula compara niveles de índice en lugar de aplicar un porcentaje, el servicio de cálculo de variaciones del INE hace esa comparación con las series oficiales.
La sección de IPC de España publica el último dato con su estado a la vista, y la guía de qué es el IPC explica por qué el índice general se publica un mes más tarde que las variaciones.
Preguntas frecuentes
¿Puedo subir el alquiler con el IPC sin más?
No de forma automática. La actualización de la renta de un alquiler de vivienda depende de lo que diga el contrato y de la legislación de arrendamientos y de vivienda que le sea aplicable. Hay contratos que no prevén actualización, contratos que la atan a un índice concreto y normas que han cambiado el índice de referencia para determinados periodos. Antes de aplicar ningún porcentaje hay que leer la cláusula de actualización del contrato y comprobar la norma vigente en el Boletín Oficial del Estado.
¿Qué índice tengo que aplicar, el IPC general u otro?
El que nombre tu contrato, y solo si esa cláusula sigue siendo aplicable. El Instituto Nacional de Estadística publica varios índices, y el IPC general es solo uno de ellos. Además, la legislación de vivienda ha introducido referencias distintas del IPC general para la actualización de rentas en determinados supuestos y periodos. CuántoHoy publica el IPC general del INE y no puede decirte cuál es el índice que gobierna tu contrato concreto.
¿Por qué esta calculadora no usa el último IPC publicado?
Porque el último IPC publicado, el de agosto de 2026 con un 4,3 % anual, es un dato avanzado que el Instituto Nacional de Estadística todavía va a revisar. Esta calculadora parte del último dato definitivo, el de julio de 2026 con un 3,6 %, porque una renta actualizada con una cifra provisional habría que rehacerla cuando el INE publique la definitiva. El avance sigue disponible en el desplegable, marcado como tal.
¿Qué mes del IPC me corresponde?
El que fije el contrato, que suele ser el último índice publicado en la fecha de la actualización o el del mes anterior al aniversario del contrato. No es un detalle menor: entre un mes y el siguiente la variación anual del IPC cambia, y con ella el importe de la renta. Si la cláusula no lo dice con claridad, conviene resolver la duda antes de notificar la subida, no después.
¿La subida se aplica sola o hay que avisar?
La actualización de la renta no se produce por el mero hecho de que el Instituto Nacional de Estadística publique un IPC. Depende de lo que pacte el contrato y de la norma aplicable, y en el arrendamiento de vivienda lo habitual es que la parte arrendadora tenga que notificarla. El texto consolidado de la Ley de Arrendamientos Urbanos en el Boletín Oficial del Estado es la referencia para comprobarlo.
¿Este cálculo vale para un local o para un garaje?
La aritmética es la misma: renta multiplicada por uno más la variación dividida entre cien. El marco legal no lo es. Los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen por reglas propias y por un margen de pacto mucho más amplio. Esta página calcula el importe, no decide si esa actualización procede.
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Fuente y metodología
El dato procede de INEy se descarga de forma automática. El único dato externo del cálculo es la variación anual del IPC; la renta la pones tú. Cada variación conserva la marca de dato avanzado o definitivo que publica el INE.Puedes consultar cómo calculamos cada cifra ennuestra metodologíay el listado completo en fuentes.
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