Tramos del IRPF en 2026, escala estatal y escalas autonómicas
Lo esencial
- La escala general estatal del IRPF de 2026 tiene 6 tramos, del 9,50 % al 24,50 %, y arranca el último desde 300.000 € de base liquidable.
- La escala estatal es solo la mitad del impuesto. La otra mitad la fija cada comunidad autónoma en su propia norma, y ninguna de las dos escalas por separado describe la factura de nadie.
- Sumando las dos mitades, el primer tramo de base liquidable va del 18,00 % al 19,00 % según la comunidad, entre las cuatro escalas comprobadas.
- CuántoHoy publica las cuatro escalas autonómicas que ha leído en su norma: Comunidad de Madrid, Cataluña, Andalucía y Comunitat Valenciana. Las demás no aparecen aquí, y más abajo está el motivo.
La escala general estatal del IRPF
La escala general estatal del IRPF tiene 6 tramos en 2026. El primer tramo paga el 9,50 % y el último paga el 24,50 % a partir de 300.000 € de base liquidable. La escala general estatal se aplica igual en todas las comunidades autónomas de régimen común.
La escala general estatal no es el impuesto completo. La escala general estatal es la mitad estatal de un impuesto que se reparte entre el Estado y la comunidad autónoma de residencia. Leer solo esta tabla y concluir de ella cuánto se paga de IRPF deja fuera, según la comunidad y el nivel de renta, casi la mitad de la factura.
| Tramo | Desde | Hasta | Tipo estatal |
|---|---|---|---|
| Tramo 1 | 0 € | 12.450 € | 9,50 % |
| Tramo 2 | 12.450 € | 20.200 € | 12,00 % |
| Tramo 3 | 20.200 € | 35.200 € | 15,00 % |
| Tramo 4 | 35.200 € | 60.000 € | 18,50 % |
| Tramo 5 | 60.000 € | 300.000 € | 22,50 % |
| Tramo 6 | 300.000 € | En adelante | 24,50 % |
Fuente de la escala estatal: Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas, articulo 63.1, redaccion vigente desde el 1 de enero de 2021 por el articulo 58 de la Ley 11/2020. Identificador BOE-A-2006-20764, comprobado el 2026-09-12.
Las cuatro escalas autonómicas comprobadas
Las cuatro escalas siguientes son las que CuántoHoy ha leído en la norma que las aprueba. Cada tabla lleva debajo el decreto o la ley concreta, con el artículo y el enlace al texto consolidado. Las cuatro escalas tienen forma distinta entre sí: no coinciden ni en el número de tramos, ni en los suelos, ni en los tipos.
La escala autonómica se aplica a la misma base liquidable que la estatal, y la cuota que sale se suma a la estatal. Conviene mirar cada escala autonómica junto a la estatal y no por separado, porque una escala autonómica con tipos bajos en la parte de abajo puede tener tipos altos en la parte de arriba.
Escala autonómica de Comunidad de Madrid
| Desde | Hasta | Tipo autonómico |
|---|---|---|
| 0,00 € | 13.362,22 € | 8,50 % |
| 13.362,22 € | 19.004,63 € | 10,70 % |
| 19.004,63 € | 35.425,68 € | 12,80 % |
| 35.425,68 € | 57.320,40 € | 17,40 % |
| 57.320,40 € | En adelante | 20,50 % |
Fuente: Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, articulo 1, redaccion por la Ley 13/2023, de 15 de diciembre. Identificador BOCM-m-2010-90068, comprobado el 2026-09-12. Madrid sustituye ademas el minimo personal y familiar estatal por el suyo propio en los articulos 2 a 5 del mismo texto refundido.
Escala autonómica de Cataluña
| Desde | Hasta | Tipo autonómico |
|---|---|---|
| 0,00 € | 12.500,00 € | 9,50 % |
| 12.500,00 € | 22.000,00 € | 12,50 % |
| 22.000,00 € | 33.000,00 € | 16,00 % |
| 33.000,00 € | 53.000,00 € | 19,00 % |
| 53.000,00 € | 90.000,00 € | 21,50 % |
| 90.000,00 € | 120.000,00 € | 23,50 % |
| 120.000,00 € | 175.000,00 € | 24,50 % |
| 175.000,00 € | En adelante | 25,50 % |
Fuente: Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, libro sexto del Codigo tributario de Cataluña, articulo 611-1, redaccion con efectos de 1 de enero de 2025 por el articulo 3.1 del Decreto-ley 5/2025, de 25 de marzo. Identificador BOE-A-2024-6951, comprobado el 2026-09-12.
Escala autonómica de Andalucía
| Desde | Hasta | Tipo autonómico |
|---|---|---|
| 0,00 € | 13.000,00 € | 9,50 % |
| 13.000,00 € | 21.100,00 € | 12,00 % |
| 21.100,00 € | 35.200,00 € | 15,00 % |
| 35.200,00 € | 60.000,00 € | 18,50 % |
| 60.000,00 € | En adelante | 22,50 % |
Fuente: Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autonoma de Andalucia, articulo 23, redaccion por el articulo 1.1 del Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre. Identificador BOE-A-2021-17915, comprobado el 2026-09-12. Andalucia eleva ademas el minimo personal y familiar estatal en el articulo 23 bis de la misma ley.
Escala autonómica de Comunitat Valenciana
| Desde | Hasta | Tipo autonómico |
|---|---|---|
| 0,00 € | 12.000,00 € | 9,00 % |
| 12.000,00 € | 22.000,00 € | 12,00 % |
| 22.000,00 € | 32.000,00 € | 15,00 % |
| 32.000,00 € | 42.000,00 € | 17,50 % |
| 42.000,00 € | 52.000,00 € | 20,00 % |
| 52.000,00 € | 62.000,00 € | 22,50 % |
| 62.000,00 € | 72.000,00 € | 25,00 % |
| 72.000,00 € | 100.000,00 € | 26,50 % |
| 100.000,00 € | 150.000,00 € | 27,50 % |
| 150.000,00 € | 200.000,00 € | 28,50 % |
| 200.000,00 € | En adelante | 29,50 % |
Fuente: Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonomico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas y restantes tributos cedidos, articulo 2.1, redaccion para periodos concluidos desde el 1 de enero de 2023 por la disposicion final 1.1 de la Ley 9/2022. Identificador BOE-A-1998-8202, comprobado el 2026-09-12. La Comunitat Valenciana fija ademas su propio minimo personal y familiar en el articulo 2 bis de la misma ley.
Las cinco escalas, una al lado de otra
La tabla siguiente pone las cinco escalas juntas. Cada fila es uno de los suelos de tramo que aparecen en alguna de las cinco escalas, ordenados de menor a mayor. La columna estatal enseña el tipo estatal justo por encima de ese suelo, y cada columna de comunidad enseña el tipo marginal conjunto, que es la suma del tipo estatal y del tipo autonómico en ese punto.
La tabla comparada tiene una lectura concreta. Un tipo marginal conjunto es lo que se lleva el IRPF del euro siguiente de base liquidable, no lo que se paga de media. El tipo medio siempre queda por debajo del marginal, porque los primeros euros de la base pagan los tipos de los primeros tramos.
| Base liquidable desde | Solo estatal | Comunidad de Madrid | Cataluña | Andalucía | Comunitat Valenciana |
|---|---|---|---|---|---|
| 0,00 € | 9,50 % | 18,00 % | 19,00 % | 19,00 % | 18,50 % |
| 12.000,00 € | 9,50 % | 18,00 % | 19,00 % | 19,00 % | 21,50 % |
| 12.450,00 € | 12,00 % | 20,50 % | 21,50 % | 21,50 % | 24,00 % |
| 12.500,00 € | 12,00 % | 20,50 % | 24,50 % | 21,50 % | 24,00 % |
| 13.000,00 € | 12,00 % | 20,50 % | 24,50 % | 24,00 % | 24,00 % |
| 13.362,22 € | 12,00 % | 22,70 % | 24,50 % | 24,00 % | 24,00 % |
| 19.004,63 € | 12,00 % | 24,80 % | 24,50 % | 24,00 % | 24,00 % |
| 20.200,00 € | 15,00 % | 27,80 % | 27,50 % | 27,00 % | 27,00 % |
| 21.100,00 € | 15,00 % | 27,80 % | 27,50 % | 30,00 % | 27,00 % |
| 22.000,00 € | 15,00 % | 27,80 % | 31,00 % | 30,00 % | 30,00 % |
| 32.000,00 € | 15,00 % | 27,80 % | 31,00 % | 30,00 % | 32,50 % |
| 33.000,00 € | 15,00 % | 27,80 % | 34,00 % | 30,00 % | 32,50 % |
| 35.200,00 € | 18,50 % | 31,30 % | 37,50 % | 37,00 % | 36,00 % |
| 35.425,68 € | 18,50 % | 35,90 % | 37,50 % | 37,00 % | 36,00 % |
| 42.000,00 € | 18,50 % | 35,90 % | 37,50 % | 37,00 % | 38,50 % |
| 52.000,00 € | 18,50 % | 35,90 % | 37,50 % | 37,00 % | 41,00 % |
| 53.000,00 € | 18,50 % | 35,90 % | 40,00 % | 37,00 % | 41,00 % |
| 57.320,40 € | 18,50 % | 39,00 % | 40,00 % | 37,00 % | 41,00 % |
| 60.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 44,00 % | 45,00 % | 45,00 % |
| 62.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 44,00 % | 45,00 % | 47,50 % |
| 72.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 44,00 % | 45,00 % | 49,00 % |
| 90.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 46,00 % | 45,00 % | 49,00 % |
| 100.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 46,00 % | 45,00 % | 50,00 % |
| 120.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 47,00 % | 45,00 % | 50,00 % |
| 150.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 47,00 % | 45,00 % | 51,00 % |
| 175.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 48,00 % | 45,00 % | 51,00 % |
| 200.000,00 € | 22,50 % | 43,00 % | 48,00 % | 45,00 % | 52,00 % |
| 300.000,00 € | 24,50 % | 45,00 % | 50,00 % | 47,00 % | 54,00 % |
Las comunidades que no aparecen en esta página
Once comunidades de régimen común, más Ceuta y Melilla, no tienen su escala en esta página. Son Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Región de Murcia, La Rioja, Ceuta, Melilla. CuántoHoy no ha leído la norma que aprueba sus escalas, así que este sitio no guarda de ellas ni un tramo ni un tipo, y tampoco los estima. La calculadora de IRPF se niega a devolver un resultado cuando se elige una de esas comunidades, en lugar de rellenar el hueco con la escala estatal.
Navarra, Bizkaia, Gipuzkoa y Araba no aparecen aquí por un motivo distinto y más profundo. En esos cuatro territorios el IRPF no es el impuesto estatal con un tramo autonómico encima: es un tributo de normativa propia, aprobado por sus propias instituciones. Así lo establecen el Concierto Económico con el País Vasco y el Convenio Económico entre el Estado y Navarra. Las escalas de esta página no se aplican en Navarra, Bizkaia, Gipuzkoa, Araba.
Las normas forales que fijan esas escalas se publican en los boletines de cada territorio y no en el BOE, así que CuántoHoy tampoco las ha transcrito. Quien resida en uno de esos cuatro territorios tiene que acudir a su hacienda foral, que es la administración competente.El texto del Concierto Económico está en el BOE, articulo 6.Uno del Concierto y articulo 9.1 del Convenio.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente la base liquidable a la que se aplican estos tramos?
La base liquidable general es lo que queda del rendimiento del trabajo después de restar las cotizaciones a la Seguridad Social, los otros gastos deducibles y la reducción por obtención de rendimientos del trabajo. La base liquidable no es el salario bruto, y la diferencia entre las dos cifras es de varios miles de euros en un sueldo medio. Aplicar estos tramos directamente sobre el bruto da un impuesto muy superior al real.
¿Por qué se suman dos escalas y no una sola?
Porque el IRPF es un impuesto cedido en parte a las comunidades autónomas. El Estado aprueba la escala general del artículo 63.1 de la Ley 35/2006, que es igual en toda España, y cada comunidad de régimen común aprueba la suya en su propia norma. Las dos escalas se aplican a la misma base liquidable y las dos cuotas se suman. Una comunidad puede bajar su escala sin que el Estado toque la suya, y por eso dos personas con el mismo sueldo pagan distinto.
¿Subir de tramo hace que gane menos neto?
No. Una escala progresiva por tramos aplica cada tipo solo a la parte de la base que cae dentro de ese tramo, no a toda la base. Cuando una base liquidable pasa el suelo de un tramo nuevo, solo los euros que superan ese suelo pagan el tipo más alto, y los anteriores siguen pagando lo que pagaban. Cobrar más nunca hace que quede menos neto en el IRPF español.
¿Por qué no están aquí todas las comunidades autónomas?
Porque CuántoHoy solo publica escalas que ha leído en la norma que las aprueba. Se han comprobado las de la Comunidad de Madrid, Cataluña, Andalucía y la Comunitat Valenciana, y cada una lleva aquí su decreto o su ley con el enlace al texto consolidado. Las once comunidades de régimen común restantes, más Ceuta y Melilla, no se han comprobado, y este sitio prefiere dejar el hueco visible antes que copiar tramos de un resumen de prensa.
¿Estas escalas sirven en el País Vasco y en Navarra?
No sirven. En Navarra, Bizkaia, Gipuzkoa y Araba el IRPF es un tributo de normativa propia, con su escala, sus mínimos y sus deducciones, y no el impuesto estatal con un tramo autonómico encima. Así lo establecen el Concierto Económico con el País Vasco y el Convenio Económico con Navarra. Las escalas de esta página no describen el impuesto de esos cuatro territorios ni siquiera de forma aproximada.
Herramientas relacionadas
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